El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOGV) ha publicado las bases que regulan las ayudas para la elaboración de documentos urbanísticos relacionados con la minimización de impactos territoriales, destinadas a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana con población de hasta 20.000 habitantes.
Para acogerse a estas ayudas es necesario que existan núcleos de viviendas con una densidad igual o superior a tres viviendas por hectárea e implantados sobre ámbitos de suelo no urbanizable, común o protegido. La Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad concederá las ayudas en función del número de viviendas existentes en cada núcleo.
Además, entre los requisitos para poder participar de estas ayudas se especifica que las fincas donde se ubiquen las viviendas conserven una parcelación de características rurales y que estas hayan sido construidas con anterioridad al 20 de agosto de 2014.
La figura de la minimización de impactos territoriales tiene como objetivo la implementación de obras mínimas que eviten o disminuyan los efectos perniciosos que sobre el territorio y el medio ambiente producen o hayan producido las viviendas construidas irregularmente en suelo no urbanizable, con especial preocupación sobre los vertidos incontrolados que se producen en los acuíferos.
La regularización de este tipo de viviendas se lleva a cabo a través de los planes especiales de minimización de impactos territoriales (PEMIT), previstos en la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje (TRLOTUP), y que son diseñados y propuestos por los ayuntamientos de los municipios donde se ubiquen.
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