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Hacienda aprueba que los precios del cemento, la madera y los plásticos también sean revisables en la obra pública

El Gobierno se adapta a la evolución de los precios en estos productos y defiende que da un horizonte de estabilidad a la contratación de obra pública

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha aprobado una Orden Ministerial por la que amplía la relación de materiales cuyo incremento de coste deberá tenerse en cuenta a efectos de la revisión excepcional de precios de los contratos de obras previstas en el Real Decreto-ley 3/2022 de 1 de marzo. En concreto, en la Orden publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se incluyen el cemento, los materiales cerámicos, la madera, los plásticos, los productos químicos y el vidrio. 

El señalado Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno a comienzos de año reconoce al contratista la posibilidad de una revisión excepcional de precios de los contratos de obras cuando el aumento del coste de los materiales empleados haya tenido un impacto directo y relevante en la economía del contrato.

Hasta ahora la lista se limitaba a cuatro productos (materiales siderúrgicos, materiales bituminosos, aluminio o cobre) tanto por la importancia de su participación en la estructura de costes de los contratos de obras como por el extraordinario incremento experimentado por sus precios durante los meses que siguieron tras el comienzo de la pandemia.

Hasta ahora la lista se limitaba a cuatro productos: materiales siderúrgicos, materiales bituminosos, aluminio o cobre

Sin embargo, el propio Real Decreto-ley habilitaba al Ministerio de Hacienda y Función Pública a ampliar la relación de materiales fijada añadiendo aquellos que hayan experimentado un significativo aumento y supongan un impacto en la economía de los contratos de obras.

Inclusión de seis nuevos materiales

En este sentido, la Orden Ministerial resalta que el análisis de la evolución hasta agosto de 2022 de los precios de los materiales con participación significativa en los contratos de obras pone de manifiesto que los precios de algunos componentes no incluidos en la lista anterior por no haber experimentado en el momento de aprobación del Real Decreto-ley alzas excepcionales, han sufrido incrementos significativos posteriormente.

Por tanto, en cumplimiento con lo dispuesto en el Real Decreto-ley y previo informe favorable del Comité Superior de Precios de Contratos del Estado, esta Orden Ministerial añade nuevos materiales que deben tenerse en cuenta para la revisión de los contratos de obra. En concreto, se trata de cemento, materiales cerámicos, madera, plásticos, productos químicos y vidrio. 

De esta forma, el Gobierno se adapta a la evolución de los precios y da un horizonte de estabilidad a la contratación de obra pública. La medida entrará en vigor el día siguiente a la publicación en el BOE. 

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